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b'ALEJANDRO F. LAMADRID'
b'JUAN DE PARIS'
b'BIBLOS'

Páginas: 264
Formato: b''
Peso: 0.4 kgs.
ISBN: b'9789878142258'

b'En 1302 un ambicioso y audaz cura dominico, y profesor de prestigio en la Universidad de Par\xeds, decide que es el momento de hacer conocer sus ideas pol\xedticas interviniendo en uno de los momentos cr\xedticos de la secular lucha de las dos espadas entre la auctoritas eclesi\xe1stica papal y la protestas terrena de los pr\xedncipes. Esta vez no est\xe1 el emperador en uno de los frentes, sino el rey de Francia Felipe el Hermoso, qui\xe9n no solo se ha atrevido a imponer impuestos a los cl\xe9rigos, sino que arresta al obispo de Pamiers, amigo del papa, por negarse a pagar e impide la salida de oro, dinero y hasta prelados hacia Roma. Bonifacio VIII responde con burlas, en las que descalifica a Felipe y reafirma que su auctoritas sagrada se encuentra por encima de toda protestas terrenal.\n\nJuan de Par\xeds quiere desmentir uno de sus sobrenombres, Quidort \x96el que duerme\x96, y escribe un op\xfasculo, De potestate regia et papale, que sorprende a los dominicos (porque al oponerse a las pretensiones de plenitudo potestatis del papa, compromete los abundantes beneficios y prerrogativas de la orden), y complica a los regalistas franceses (porque en su tratado no encuentran argumentos s\xf3lidos que fortalezcan el absolutismo en construcci\xf3n del rey). Ni supremo gobierno del papa, ni del rey, ni del imperio, sino una exposici\xf3n enmarcada en el derecho natural y de gente que sostiene que el poder "proviene de Dios y del pueblo", quien consiente e instituye el tipo de r\xe9gimen pol\xedtico, elige y pone a quien lo preside, y hasta propone un principatum civilis vel politicus en el que el pueblo es la suprema autoridad constituyente, hacedor de las leyes y el pr\xedncipe es solo un jefe electo que preside las deliberaciones, act\xfaa como juez y ejecutor, y define que los bienes del pueblo no son ni comunes ni de ning\xfan otro que del trabajador que los ha producido con su arte y su trabajo.'

JUAN DE PARIS

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b'En 1302 un ambicioso y audaz cura dominico, y profesor de prestigio en la Universidad de Par\xeds, decide que es el momento de hacer conocer sus ideas pol\xedticas interviniendo en uno de los momentos cr\xedticos de la secular lucha de las dos espadas entre la auctoritas eclesi\xe1stica papal y la protestas terrena de los pr\xedncipes. Esta vez no est\xe1 el emperador en uno de los frentes, sino el rey de Francia Felipe el Hermoso, qui\xe9n no solo se ha atrevido a imponer impuestos a los cl\xe9rigos, sino que arresta al obispo de Pamiers, amigo del papa, por negarse a pagar e impide la salida de oro, dinero y hasta prelados hacia Roma. Bonifacio VIII responde con burlas, en las que descalifica a Felipe y reafirma que su auctoritas sagrada se encuentra por encima de toda protestas terrenal.\n\nJuan de Par\xeds quiere desmentir uno de sus sobrenombres, Quidort \x96el que duerme\x96, y escribe un op\xfasculo, De potestate regia et papale, que sorprende a los dominicos (porque al oponerse a las pretensiones de plenitudo potestatis del papa, compromete los abundantes beneficios y prerrogativas de la orden), y complica a los regalistas franceses (porque en su tratado no encuentran argumentos s\xf3lidos que fortalezcan el absolutismo en construcci\xf3n del rey). Ni supremo gobierno del papa, ni del rey, ni del imperio, sino una exposici\xf3n enmarcada en el derecho natural y de gente que sostiene que el poder "proviene de Dios y del pueblo", quien consiente e instituye el tipo de r\xe9gimen pol\xedtico, elige y pone a quien lo preside, y hasta propone un principatum civilis vel politicus en el que el pueblo es la suprema autoridad constituyente, hacedor de las leyes y el pr\xedncipe es solo un jefe electo que preside las deliberaciones, act\xfaa como juez y ejecutor, y define que los bienes del pueblo no son ni comunes ni de ning\xfan otro que del trabajador que los ha producido con su arte y su trabajo.'